El derecho al olvido en Internet: ¿funcionará el nuevo formulario de Google?

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¿Tenemos derecho al olvido en Internet? Pues sí, así lo reconoció el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, respaldando el derecho de los ciudadanos a eliminar enlaces ubicados en los diversos motores de búsqueda a informaciones que puedan dañar su imagen y que, en la actualidad, ya no sean pertinentes.

Porque seguro que todos tenemos una entrada en los resultados de búsqueda del año de la pera que nos gustaría retirar. En un post anterior ya vimos cómo limpiar la reputación y la imagen en los motores de búsqueda. Pues bien, si el nuevo formulario que ha puesto Google a disposición de los ciudadanos para garantizar el derecho al olvido en Internet funciona, me veré obligado a ampliar dicho artículo.

Como suena: Google ha puesto en marcha un formulario destinado a solicitar la retirada de enlaces que pudieran resultar perjudiciales para nuestra imagen de marca personal. Como SEO, he sentido curiosidad y ya he solicitado la retirada de un enlace que considero que daña mi imagen personal. Los pasos para rellenar son sencillos: básicamente hay que especificar si actúas en nombre propio u ajeno, añadir la URL (o URLs) que consideras perjudiciales e irrelevantes y, por último, un documento (como el DNI) que respalde que eres la persona afectada o un representante legal de la misma.

derecho al olvido en internet

Personalmente no me ha hecho ninguna gracia tener que adjuntar mi DNI. Pero sin lugar a dudas el punto más negativo es la sensación que tengo de «tío, estoy haciendo tu trabajo«. Dicho de otro modo, ¿por qué tengo que perder mi tiempo en señalarles cuáles son los resultados irrelevantes? ¿No es responsabilidad de los propios buscadores los resultados que muestran?

En cualquier modo, he enviado la solicitud. Al atenderse las peticiones de forma manual (y haber recibido nada más ni nada menos que 12000 solicitudes en los primeros días (básicamente una media de 20 por minuto) me temo que tocará esperar a ver la efectividad de dicha herramienta y cómo discrimina Google entre los resultados que en verdad dañan la imagen personal de aquellos que en verdad son de interés público… ¡Prometo una actualización en breves!

¿Y qué pasaría si un determinado motor de búsqueda no accediese a la solicitud del ciudadano? Bueno, este siempre podría recurrir a las autoridades competentes para solicitar la retirada de dichos enlaces. En cualquier caso, te ofrezco mis servicios profesionales para mejorar tu reputación en Google… ¡Contacta conmigo!

Y tú… ¿Qué piensas de este formulario? ¿Garantizará el derecho al olvido en Internet? ¡La sección de comentarios es toda tuya!

 

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  1. Buen comentario Eduardo. Decirte que en el plazo de 10 días deberías recibir una respuesta, aunque igual con la excusa de las miles de peticiones tardan más. En todo caso, el organismo que comentas al que puedes dirigirte es la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). En todo caso ya contarás como ha ido.

    • Hola Rafael,

      Muchas gracias por tu comentario, lo tengo en cuenta y le quedan exactamente 3 días jejeje.

      ¡Un saludo!